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CONSEJO DE ESTADO DECIDE SOBRE REQUISITOS DE DISTINTIVIDAD DEL SIGNO BANANA BAY

CONSEJO DE ESTADO DECIDE SOBRE REQUISITOS DE DISTINTIVIDAD DEL SIGNO BANANA BAY

El Consejo de Estado de Colombia, decidió el conflicto marcario entre el signo BANANA BAY y la marca y la enseña comercial JOE BANANA y estableció que el cotejo debía realizarse frente a las expresiones BAY y JOE, y excluir del estudio la expresión BANANA por ser considerada de uso común y por ende no de uso exclusivo. El Consejo de Estado decidió confirmar la concesión del registro de la marca BANANA BAY al encontrar que éste no incurría en las causales de irregistrabilidad de los artículos 134, 135 y 136 de la Decisión 486 del 2000 de la Comunidad Andina. Resulta particularmente importante que quienes pretendan establecer una marca como signo distintivo de su empresa o negocio, tengan en cuenta el grado de debilidad que contiene, pues entre menor probabilidad de debilidad exista, se verá más protegida y gozará por ende de mayores facilidades de posicionamiento dentro del mercado

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