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SE PUBLICA POR LA SIC CIRCULAR N°001 DEL 08 DE NOVIEMBRE DE 2016 DONDE SE MODIFICA EL CAPITULO SEGUNDO DEL TITULO V DE LA CIRCULAR ÚNICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

SE PUBLICA POR LA SIC CIRCULAR N°001 DEL 08 DE NOVIEMBRE DE 2016 DONDE SE MODIFICA EL CAPITULO SEGUNDO DEL TITULO V DE LA CIRCULAR ÚNICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

La Superintendencia de Industria y Comercio a finales del año 2016 publicó su circular relacionada a los cambios en materia de protección de bases de datos, adicionando el Capítulo segundo sobre el registro nacional de bases de datos al Título V de la circular única. Se añadió el numeral 2.5 acerca de la información adicional que deberá inscribirse en el Registro Nacional de Bases de Datos. Dentro del listado de información que se debe inscribir están: información almacenada en la base de datos, medidas de seguridad de la información, procedencia de los datos personales, transferencia internacional de datos personales, cesión o transferencia nacional de la base de datos, reporte de novedades. Dicha inscripción se realizó en línea a partir del 9 de noviembre de 2016, y podría realizarse en cualquier momento hasta el 30 de junio de 2017 para personas jurídicas.

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