ARTICULOS DE INTERES

PROTOCOLO DE MADRID - REGISTRO INTERNACIONAL DE MARCA POTENCIALIZADOR DEL MERCADO.



En primera medida, debe ser claro que el Sistema de Madrid para el registro internacional de marcas se rige en virtud del Arreglo de Madrid y el Protocolo de Madrid administrado por la Oficina Internacional de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), organismo especializado del sistema de las Naciones Unidas, con sede en Ginebra, Suiza. Dicho sistema está conformado por las partes contratantes de las cuales 98 (países miembros) hacen parte del Protocolo de Madrid 1 y abarcan 114 países. Esos miembros representan más del 80% del comercio mundial y se ampliará a medida que aumente el número de miembros.

Basados en lo anterior, el Protocolo de Madrid ofrece a los propietarios de una marca la posibilidad de protegerla en varios países (miembros de la Unión de Madrid), mediante la presentación de una solicitud única directamente en la oficina de marcas nacionales (Superintendencia de Industria y Comercio), en un solo idioma (español), con una serie de tasas previamente establecidas en una única moneda y no se requiere de un agente local en los países designados para la solicitud 2.

La solicitud de registro de una marca internacional tiene los mismos efectos que una solicitud de registro de una marca efectuada en cada uno de los países designados por el solicitante. El protocolo de Madrid también simplifica la gestión posterior al registro de la marca, pues con un solo trámite se pueden inscribir cambios de titular o de nombre, de dirección del titular, la renovación de la marca en cada uno de los países designados o la designación posterior de otros países3.

Mediante la Ley 1455 de 2011, se aprobó en Colombia el “Protocolo concerniente al arreglo de Madrid relativo al registro internacional de marcas y su reglamento, el cual entró en vigor el 29 de agosto de 2012, fecha a partir de la cual se puede hacer uso del sistema de Madrid4.

Es de destacar que quienes pueden presentar una solicitud de registro de marca internacional a través de la SIC es cualquier persona que tenga nacionalidad colombiana, tenga domicilio o tenga un establecimiento industrial o comercial real y efectivo en el territorio colombiano.5

Para lograr un mejor entendimiento frente al mencionado Protocolo y su funcionamiento es importante señalar que éste hace parte de la denominada Unión de Madrid la cual está compuesta por las partes contratantes del arreglo de Madrid y el Protocolo de Madrid. La oficina de la parte contratante en la cual se solicita el registro de una marca de base se denomina “oficina de origen”, es un registro internacional, pueden seleccionarse las partes contratantes en las que se desea proteger la marca, de todos modos, podrá ampliarse posteriormente el alcance geográfico del registro internacional en virtud del sistema de Madrid.

La OMPI lleva a cabo un examen de forma de la solicitud internacional, aunque es posible que las partes contratantes impongan requisitos y procedimientos específicos respecto de las solicitudes, los registros o las designaciones en el marco del Sistema de Madrid. En lo atinente a las declaraciones, el arreglo y el protocolo de Madrid así como su reglamento común, permiten a las partes contratantes efectuar declaraciones acerca del Sistema Internacional de Registro, en particular, en relación con la notificación de denegaciones y la recaudación de tasas individuales. Es importante tomar en consideración esas y otras declaraciones a la hora de designar una parte contratante6.

A partir de lo anterior, se puede observar que este sistema de registro internacional no solo simplifica tramites, si no resulta también de suma importancia para evitar problemas de usurpación y conflicto de marcas al momento de entrar al mercado extranjero y debe ser tenido en cuenta dentro de las estrategias comerciales de toda empresa, pues siempre se debe estar abierto a la posibilidad de exportar sus productos o abrir mercado en diferentes países. Dicho registro de marca internacional facilita el reconocimiento extranjero de sus derechos exclusivos sobre sus intangibles.

Registrar una marca en el extranjero también ofrece la oportunidad de conceder una licencia sobre la marca a terceros (por lo general junto con otros derechos de propiedad intelectual) o puede sentar las bases para que la empresa desarrolle una estrategia de franquicia o de canales de distribución y venta, 7otorgando así un valor adicional a su marca registrada y un factor generador de activos.

Tratados administrados por la OMPI8

Partes Contratantes > Protocolo de Madrid (Total Partes Contratantes : 98)

Parte ContratanteFirmaInstrumentoEn Vigor
Albania Adhesión: 30 de abril de 200330 de julio de 2003
Alemania28 de junio de 1989Ratificación: 20 de diciembre de 199520 de marzo de 1996
Antigua y Barbuda Adhesión: 17 de diciembre de 199917 de marzo de 2000
Argelia Adhesión: 31 de julio de 201531 de octubre de 2015
Armenia Adhesión: 19 de julio de 200019 de octubre de 2000
Australia Adhesión: 11 de abril de 200111 de julio de 2001
Austria29 de diciembre de 1989Ratificación: 13 de enero de 199913 de abril de 1999
Azerbaiyán Adhesión: 15 de enero de 200715 de abril de 2007
Bahrein Adhesión: 15 de septiembre de 200515 de diciembre de 2005
Belarús Adhesión: 18 de octubre de 200118 de enero de 2002
Bélgica28 de junio de 1989Ratificación: 22 de diciembre de 19971 de abril de 1998
Bhután Adhesión: 4 de mayo de 20004 de agosto de 2000
Bosnia y Herzegovina Adhesión: 27 de octubre de 200827 de enero de 2009
Botswana Adhesión: 5 de septiembre de 20065 de diciembre de 2006
Brunei Darussalam Adhesión: 6 de octubre de 20166 de enero de 2017
Bulgaria Adhesión: 2 de julio de 20012 de octubre de 2001
Camboya Adhesión: 5 de marzo de 20155 de junio de 2015
China Adhesión: 1 de septiembre de 19951 de diciembre de 1995
Chipre Adhesión: 4 de agosto de 20034 de noviembre de 2003
Colombia Adhesión: 29 de mayo de 201229 de agosto de 2012
Croacia Adhesión: 23 de octubre de 200323 de enero de 2004
Cuba Adhesión: 26 de septiembre de 199526 de diciembre de 1995
Dinamarca28 de junio de 1989Ratificación: 10 de noviembre de 199513 de febrero de 1996
Egipto28 de junio de 1989Ratificación: 3 de junio de 20093 de septiembre de 2009
Eslovaquia Adhesión: 13 de junio de 199713 de septiembre de 1997
Eslovenia Adhesión: 12 de diciembre de 199712 de marzo de 1998
España28 de junio de 1989Ratificación: 17 de abril de 19911 de diciembre de 1995
Estados Unidos de América Adhesión: 2 de agosto de 20032 de noviembre de 2003
Estonia Adhesión: 18 de agosto de 199818 de noviembre de 1998
ex República Yugoslava de Macedonia Adhesión: 30 de mayo de 200230 de agosto de 2002
Federación de Rusia28 de junio de 1989Ratificación: 10 de marzo de 199710 de junio de 1997
Filipinas Adhesión: 25 de abril de 201225 de julio de 2012
Finlandia27 de diciembre de 1989Aceptación: 29 de diciembre de 19951 de abril de 1996
Francia28 de junio de 1989Ratificación: 7 de agosto de 19977 de noviembre de 1997
Gambia Adhesión: 18 de septiembre de 201518 de diciembre de 2015
Georgia Adhesión: 20 de mayo de 199820 de agosto de 1998
Ghana Adhesión: 16 de junio de 200816 de septiembre de 2008
Grecia13 de diciembre de 1989Ratificación: 10 de mayo de 200010 de agosto de 2000
Hungría28 de junio de 1989Ratificación: 3 de julio de 19973 de octubre de 1997
India Adhesión: 8 de abril de 20138 de julio de 2013
Irán (República Islámica del) Adhesión: 25 de septiembre de 200325 de diciembre de 2003
Irlanda28 de diciembre de 1989Ratificación: 19 de julio de 200119 de octubre de 2001
Islandia Adhesión: 15 de enero de 199715 de abril de 1997
Israel Adhesión: 31 de mayo de 20101 de septiembre de 2010
Italia28 de junio de 1989Ratificación: 17 de enero de 200017 de abril de 2000
Japón Adhesión: 14 de diciembre de 199914 de marzo de 2000
Kazajstán Adhesión: 8 de septiembre de 20108 de diciembre de 2010
Kenya Adhesión: 26 de marzo de 199826 de junio de 1998
Kirguistán Adhesión: 17 de marzo de 200417 de junio de 2004
Lesotho Adhesión: 12 de noviembre de 199812 de febrero de 1999
Letonia Adhesión: 5 de octubre de 19995 de enero de 2000
Liberia Adhesión: 11 de septiembre de 200911 de diciembre de 2009
Liechtenstein28 de junio de 1989Ratificación: 17 de diciembre de 199717 de marzo de 1998
Lituania Adhesión: 15 de agosto de 199715 de noviembre de 1997
Luxemburgo28 de junio de 1989Ratificación: 1 de enero de 19981 de abril de 1998
Madagascar Adhesión: 28 de enero de 200828 de abril de 2008
Marruecos28 de junio de 1989Ratificación: 8 de julio de 19998 de octubre de 1999
México Adhesión: 19 de noviembre de 201219 de febrero de 2013
Mónaco21 de diciembre de 1989Ratificación: 27 de junio de 199627 de septiembre de 1996
Mongolia28 de junio de 1989Ratificación: 16 de marzo de 200116 de junio de 2001
Montenegro Declaración sobre la aplicación continuada: 4 de diciembre de 20063 de junio de 2006
Mozambique Adhesión: 7 de julio de 19987 de octubre de 1998
Namibia Adhesión: 31 de marzo de 200430 de junio de 2004
Noruega Adhesión: 29 de diciembre de 199529 de marzo de 1996
Nueva Zelandia Adhesión: 10 de septiembre de 201210 de diciembre de 2012
Omán Adhesión: 16 de julio de 200716 de octubre de 2007
Organización Africana de la Propiedad Intelectual (OAPI) Adhesión: 5 de diciembre de 20145 de marzo de 2015
Países Bajos27 de diciembre de 1989Aceptación: 28 de noviembre de 19971 de abril de 1998
Polonia Adhesión: 4 de diciembre de 19964 de marzo de 1997
Portugal28 de junio de 1989Ratificación: 20 de diciembre de 199620 de marzo de 1997
Reino Unido28 de junio de 1989Ratificación: 6 de abril de 19951 de diciembre de 1995
República Árabe Siria Adhesión: 5 de mayo de 20045 de agosto de 2004
República Checa Adhesión: 25 de junio de 199625 de septiembre de 1996
República de Corea Adhesión: 10 de enero de 200310 de abril de 2003
República de Moldova Adhesión: 1 de septiembre de 19971 de diciembre de 1997
República Democrática Popular Lao Adhesión: 7 de diciembre de 20157 de marzo de 2016
República Popular Democrática de Corea28 de junio de 1989Aprobación: 3 de julio de 19963 de octubre de 1996
Rumania30 de diciembre de 1989Ratificación: 28 de abril de 199828 de julio de 1998
Rwanda Adhesión: 17 de mayo de 201317 de agosto de 2013
San Marino Adhesión: 12 de junio de 200712 de septiembre de 2007
Santo Tomé y Príncipe Adhesión: 8 de septiembre de 20088 de diciembre de 2008
Senegal27 de diciembre de 1989  
Serbia28 de junio de 1989Ratificación: 17 de noviembre de 199717 de febrero de 1998
Sierra Leona Adhesión: 28 de septiembre de 199928 de diciembre de 1999
Singapur Adhesión: 31 de julio de 200031 de octubre de 2000
Sudán Adhesión: 16 de noviembre de 200916 de febrero de 2010
Suecia21 de diciembre de 1989Ratificación: 30 de diciembre de 19941 de diciembre de 1995
Suiza28 de junio de 1989Ratificación: 1 de febrero de 19971 de mayo de 1997
Swazilandia Adhesión: 14 de septiembre de 199814 de diciembre de 1998
Tayikistán Adhesión: 31 de marzo de 201130 de junio de 2011
Túnez Adhesión: 16 de julio de 201316 de octubre de 2013
Turkmenistán Adhesión: 28 de junio de 199928 de septiembre de 1999
Turquía Adhesión: 1 de octubre de 19981 de enero de 1999
Ucrania Adhesión: 29 de septiembre de 200029 de diciembre de 2000
Unión Europea Adhesión: 1 de julio de 20041 de octubre de 2004
Uzbekistán Adhesión: 27 de septiembre de 200627 de diciembre de 2006
Viet Nam Adhesión: 11 de abril de 200611 de julio de 2006
Zambia Adhesión: 15 de agosto de 200115 de noviembre de 2001
Zimbabwe Adhesión: 11 de diciembre de 201411 de marzo de 2015

1 http://www.wipo.int/treaties/es/ShowResults.jsp?treaty_id=8

2 http://www.sic.gov.co/protocolo-de-madrid

3 http://www.sic.gov.co/protocolo-de-madrid

4 http://www.sic.gov.co/protocolo-de-madrid

5 http://www.sic.gov.co/protocolo-de-madrid

6 http://www.wipo.int/madrid/es/members/

7 http://www.wipo.int/sme/es/documents/advantages_madrid.htm

8 http://www.wipo.int/treaties/es/ShowResults.jsp?lang=es&treaty_id=8

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